El Gobierno de Navarra aprueba la convocatoria de ayudas para la realización de auditorías energéticas en pymes y entidades locales.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes aún no se ha abierto; lo hará en próximas fechas.
Dirigido a
Entidades locales de Navarra y pymes con establecimiento en Navarra.
Documentación
1. Documentación obligatoria a presentar junto con la solicitud inicial:
- Declaración responsable y de otras ayudas obtenidas.
- Declaración sobre el tamaño de empresa(sólo pymes)
- Cuando el gasto subvencionable (IVA excluido) supere el importe de 12.000 euros para instalaciones, el beneficiario deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, presentando para ello una declaración de justificación de elección de proveedor.
- Copia de las facturas de 2016 de los distintos suministros energéticos (electricidad, gas natural, gasóleo, biomasa,…)
- Copia de la cuenta de pérdidas y ganancias del año 2016 (sólo para pymes).
- Si se ha declarado compromiso con la igualdad, se deberá adjuntar el plan de igualdad o la certificación o reconocimiento correspondiente.
2. Documentación tras la concesión:
- En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la beneficiaria deberá presentar la declaración relativa a la obligación de transparencia.
- Copia de la auditoría realizada.
- Facturas y justificantes bancarios de pago de la actuación.
- Declaración sobre el compromiso de ejecución de las medidas propuestas en la auditoría (sólo pymes).
- Impreso de comunicación de realización de auditoría energética (sólo pymes).
- Si nunca antes se hubiera recibido subvenciones del Gobierno de Navarra, el impreso solicitud de abono por transferencia.
- Antes del 31 de diciembre de 2019, se deberá adjuntar informe donde se describan las medidas implantadas, junto con las facturas y justificantes bancarios de pago de las inversiones realizadas (sólo para pymes).
- Cualquier otra documentación que se especifique en la resolución de concesión.
Pasos siguientes
- Requerimiento de subsanación de las posibles solicitudes incompletas. Dicho requerimiento será notificado a los interesados, vía DEH. La documentación a subsanar se presentará telemáticamente.
- Resolución de concesión o denegación de la ayuda. Estas resoluciones serán notificadas vía DEH. La documentación tras la concesión (ver Documentación obligatoria) se presentará telemáticamente.
- Resolución de abono de la subvención o de pérdida del derecho a su cobro. Las resoluciones se notificarán a los interesados vía DEH